TEXTO
La
casa familiar donde transcurrió parte de la vida del ilustre y polifacético
intelectual Alfonso Daniel Rodríguez Castelao situada en la calle de Abajo,
número 42, en la villa de Rianxo, es una típica edificación urbana de las
villas marineras gallegas de finales del siglo XIX y principios del siguiente,
de indudable valor simbólico por ser toda ella reflejo de la figura más
relevante de la Galicia del siglo XX y por constituir el espacio en el que se
formó cómo artista, intelectual y político. La constatación de la importancia
histórica y cultural de esta vivienda, por su vinculación con el pensamiento y
la creación artística de la figura que simboliza el nacionalismo gallego,
propicia la decisión de la Consejería de Cultura y Deporte de incoar el
procedimiento de declaración de bien de interés cultural regulado en el Título
I de la Ley 8/1995, del 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia y en
el Decreto 430/1991, del 30 de diciembre, por el que se regula la tramitación
para la declaración de bienes de interés cultural de Galicia y se crea el
registro de bienes de interés cultural de Galicia. En consecuencia, en el
ejercicio de las competencias que tengo atribuidas en el artículo 6.1.d) del
Decreto 36/2006, de 23 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica de la Consellería de Cultura y Deporte, y en el Decreto 232/2005, de
11 de agosto, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de
la Xunta de Galicia, una vez analizada la documentación que fue posible
incorporar al expediente y vistos los informes de los servicios técnicos de la
Dirección General de Patrimonio Cultural, resuelvo:
Primero.-Incoar
el procedimiento para la declaración de bien de interés cultural con la
categoría de monumento, en favor de la casa familiar de Alfonso Daniel
Rodríguez Castelao, situada en la calle de Abajo, número 42, en la villa de
Rianxo (A Coruña).
Para
los efectos previstos en el artículo 11 de la Ley del patrimonio cultural de
Galicia, la descripción del bien y la delimitación del contorno afectado por la
declaración se publican cómo anexos la esta resolución. Segundo.-Comunicar la
presente resolución a los interesados en el procedimiento y dar audiencia al
Ayuntamiento de Rianxo en el plazo de quince días, según dispone el artículo 10
de la Ley de patrimonio cultural de Galicia. La incoación del procedimiento
será objeto de anotación preventiva en el Registro General de Bienes de Interés
Cultural de Galicia. Tercero.-Disponer la apertura de un período de información
pública por el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la
publicación de esta resolución, con el fin de que las personas o entidades
interesadas puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren
conveniente en la Subdirección General de Protección del Patrimonio Cultural de
la Consejería de Cultura y Deporte. Cuarto.-Esta resolución determina respecto
del bien afectado la aplicación inmediata y provisional del régimen de
protección previsto por la Ley del patrimonio cultural de Galicia para los
bienes ya declarados, y, en concreto, la suspensión de las correspondientes
licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas
afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Dicha suspensión
dependerá de la resolución o caducidad del procedimiento incoado. Las obras
que, por causa de fuerza mayor, interés general o urgencia, tuvieran que
realizarse con carácter inaplazable precisarán, en todo caso, de la
autorización de los organismos competentes de la Consejería de Cultura y
Deporte. Quinto.-De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley del
patrimonio cultural de Galicia, la resolución que ponga fin al procedimiento
tendrá que dictarse en el plazo máximo de 20 meses contados a partir de la
fecha de su incoación. Transcurrido este plazo se producirá la caducidad del
expediente si había sido solicitado el archivo de las actuaciones o no se
dictara resolución dentro de los sesenta días siguientes.
Sexto.-Esta
resolución se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial
del Estado.
Santiago
de Compostela, 24 de julio de 2007.-El Director General de Patrimonio Cultural,
Felipe Arias Vilas.
ANEXO I
Situación:
Rúa de Abaixo, número 42, en la villa de Rianxo (A Coruña). Descripción
técnica: Se trata de una construcción entre medianeras de planta rectangular
que presenta fachada proporcionada con las características de la parcela,
representativa del tipo edificatorio más elemental del tejido. Conforma un
inmueble de bajo y dos plantas cubierto a tres aguas, con recercados, zócalo y
esquinales en cantería y entrepaños en mampostería revocada y simetría en la
composición de su fachada, con tres vanos, excepto en planta baja. Consta de
balconadas con barandillas de fundición en planta primera y cuerpo volado
cerrado a modo de galería en el segundo piso y de ventanas balconeras en ambas
plantas, con carpintería de madera, excepto en dicho cuerpo en el que fue
sustituida por aluminio. Delimitación escrita: El contorno de protección de la
Casa de Castelao en Rianxo (A Coruña) queda definido por la línea que une los
puntos A-B-C-D-Y-F-G, estando el punto A ubicado en la intersección del Callejón
del Judío y la Rúa de Abajo, en la que se emplaza dicha edificación.
A-B
Desde la intersección de los ejes del Callejón del Judío con la Rúa de Abajo
hasta la prolongación del muro medianero posterior de la edificación en esquina
que ocupa el número 47 de la Rúa de Abaixo.
B-C
Desde el vértice anterior, se define una línea por el fondo de las
edificaciones que dan frente a la Rúa de Abajo (excluyendo los inmuebles de
esta manzana con fachada a la Rúa del Medio) hasta el eje de la Travesía al
Muelle. C-D Línea quebrada que discurre por el eje de la Travesía al Muelle,
paralela a la fachada lateral del número 33 de la Rúa de Abajo, hasta llegar a
la intersección con esta. D-E Continúa por la Travesía al Muelle hacia el oeste
hasta llegar a la intersección con el Paseo de la Ribeira o de Manuel Antonio.
E-F Línea recta siguiendo la alineación de las edificaciones con fachada al
Paseo de la Ribeira que completan la manzana donde se emplaza la Casa de
Castelao. Continúa esta línea hasta la intersección con el que se conoce como
Callejón de la Ribeira o de Rafael Dieste, de forma que quede incluido en el
perímetro la siguiente manzana. F-G Continúa hacia el este por el eje de esta
calle conocida como Callejón de la Ribeira o de Rafael Dieste, hasta llegar a la
esquina con la Plaza de Rafael Dieste. G-A Desde este vértice la línea continúa
hacia el norte, paralela a una de las fachadas del Pazo de Martelo, hasta su
punto de origen, cerrando la delimitación.
